El trabajador fallecido padecía una cardiopatía isquémica y se le había realizado un triple by-pass. Durante la prestación de sus servicios como abogado de una empresa con la que mantenía una relación laboral como empleado por cuenta ajena, acudió a la notaría donde manifestó no encontrarse bien; luego regresó a su despacho, donde sus compañeras también lo vieron mal, y aun así acudió a la sede de la empresa en la que estaba gestionando la venta de un buque y tenía reuniones al efecto, apreciando sus compañeros que se encontraba sudoroso y pálido, por lo que le recomendaron que fuese al gimnasio que la empresa abonaba a sus directivos y, hallándose en el gimnasio practicando deporte, le sobrevino un evento cardíaco sobre las 13 horas, falleciendo, siendo la causa de la muerte certificada por el médico la cardiopatía isquémica. Seguir leyendo
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El estrés como accidente de trabajo
En determinadas circunstancias el estrés es considerado como causante de accidente de trabajo, con el consiguiente reconocimiento como incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales a efectos de prestaciones sociales. Seguir leyendo
Trabajador extranjero en situación irregular que sufre un accidente: responsabilidad
En principio, la responsabilidad del empresario derivada de la contratación de trabajadores no tendría que ser diferente en función de si éstos son nacionales o extranjeros. Ahora bien, podría darse el caso de contratar un trabajador extranjero que oculta su situación irregular falseando sus datos haciéndose pasar por otra persona. En tal caso, si dicho trabajador sufriera un accidente laboral, ¿el empresario sería responsable en materia de prestaciones? Seguir leyendo
Los autónomos no tienen derecho a la prestación por incapacidad permanente parcial derivada de contingencias comunes
Según ha declarado el Tribunal Supremo, la acción protectora de la Seguridad Social en el Régimen Especial para Trabajadores Autónomos (RETA) no se extiende a la incapacidad permanente parcial por contingencias comunes, puesto que la misma no queda comprendida dentro de los supuestos del artículo 27 del Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, por el que se regula dicho régimen. Así, el apartado primero de dicho precepto prescribe lo siguiente: «La acción protectora de este Régimen Especial comprenderá: a) Prestaciones por invalidez en los grados de incapacidad permanente total para la profesión habitual, incapacidad permanente absoluta para todo trabajo y gran invalidez […]». seguir leyendo