En este epígrafe se detallan los servicios de las áreas civil y mercantil del derecho privado. Así, en materia de derecho civil se prestan los siguientes servicios:
- Cláusulas suelo y gastos de formalización de la hipoteca: facturas de notaría, registro, gestoría y tasación, además de la liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
- Contratos de arrendamiento de servicios.
- Contratos de arrendamiento urbano y rústico.
- Derecho de daños.
- Derecho de los consumidores y usuarios.
- Derecho de propiedad.
- Ejecución de sentencias.
- Filiación y paternidad.
- Garantías reales y personales.
- Incapacitación.
- Propiedad horizontal: comunidades de propietarios.
- Reclamación de impagos.
- Responsabilidad contractual y extracontractual.
- Responsabilidad profesional, patrimonial y por producto.
- Separación, divorcio y nulidad matrimonial.
- Servidumbres e immisiones.
- Sucesiones, herencias y testamentarías.
- Tutela de derechos fundamentales. En particular, del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen.
Y en materia mercantil, entre otros, los siguientes:
- Acción de responsabilidad contra los administradores.
- Acciones de competencia desleal y publicidad engañosa.
- Conflictos societarios.
- Contratos de agencia, distribución, concesión y franquicia.
- Impugnación de acuerdos sociales.
- Letras de cambio, cheques y pagarés.
- Procedimientos sobre validez, ejecución, interpretación, resolución y rescisión de contratos.