El beneficiario de una prestación de jubilación anticipada puede pedir que se deje sin efecto la misma si no está conforme con la cuantía reconocida

El Tribunal Supremo ha reconocido a una cliente de este despacho de abogados el derecho a solicitar que se deje sin efecto la pensión de jubilación anticipada por disconformidad con la cuantía de la misma. Inicialmente la Seguridad Social le negó este derecho considerando que la pensión de jubilación es un derecho irrenunciable. Presentamos demanda y el Juzgado de lo Social núm. 2 de Castellón nos dió la razón, pero por parte de la Seguridad Social se formuló recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), donde se resolvió el recurso a favor de la Seguridad Social. Ante ello, presentamos recurso de casación ante el Tribunal Supremo, donde se ha dictado la sentencia 1172/2024, de 25 de septiembre, que anula la resolución del TSJCV y confirma la primera resolución de dicho Juzgado de lo Social.